Tres menores de 18 años fueron favorecidos con Subsidio de Discapacidad

El beneficio fue entregado a través de la Delegación Presidencial Regional

Regional 13/04/2022 Editor
13.04.22

Josefa, Daniel y Alexis son los niños y niñas favorecidos con el Subsidio de Discapacidad 2021 para Menores de 18 años, entregado por la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota a través de sus programas sociales, con el único objetivo de apoyar a las personas en situación de dependencia para que puedan acceder a un mayor bienestar.

El apoyo, que consiste en un monto de dinero mensual, les permitirá  enfrentar algunas de sus principales necesidades, según indicó Valentina Zurita, mamá de Josefa de 8 años. “Mi hija tiene autismo diagnosticado desde el año 8 meses. Nos costó tomar la decisión de inscribirla en este subsidio por lo que significa la opinión social y como madre, pero nos damos cuenta que se necesitan muchas terapias semanales y terapias particulares, que son de costos elevados y no alcanza con el sueldo que se gana. Por eso esta ayuda es fundamental”, resaltó.

Para referirse a la importancia de este aporte, el Delegado Presidencial Ricardo Sanzana Oteíza indicó que el Presidente Gabriel Boric busca en su Gobierno la inclusión social de todos los ciudadanos y ciudadanas, con igualdad en la diversidad.

“Sabemos lo difícil que ha sido para las familias la crisis de los últimos años, un golpe para los chilenos y chilenas que se agudiza de manera drástica para quienes requieren de cuidados especiales para su bienestar. A través de este aporte buscamos reflejar precisamente el ADN de nuestro Gobierno, que está centrado en acoger, apoyar y acompañar a los niños y niñas en situación de discapacidad durante sus diferentes procesos”.

Agregó que “sabemos que este aporte no basta y debemos trabajar concretamente para que al final del día en nuestro Gobierno hayamos mejorado la calidad de vida de quienes más lo necesitan”. 

Finalmente, la autoridad regional indicó que dentro del sistema integral de apoyo, también se considera el acceso libre a la atención en FONASA, según se estipula en el artículo N° 35 de la Ley N° 20.255, para todos los tratamientos médicos vinculados con su condición. 

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