Avances Legislativos de la Agenda Mujer

En la medida que se aplique un enfoque de género en la labor legislativa, estaremos disminuyendo las barreras de género, entendiendo que esto es un Impedimento administrativo, legal, social o cultural, que obstaculiza el acceso, uso, control y beneficio a hombres y mujeres a determinados bienes y servicios....

Opinión 23/06/2020 María Palma, Seremi Mujer y Equidad de Género
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María José Palma Núñez, Seremi de la Mujer y Equidad de Género

En esta oportunidad me gustaría dar a conocer los avances legislativos actuales, en materia de Ley que tienen un enfoque de Género, me refiero a las leyes que han sido publicadas en nuestro Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, y que fortalecen uno de los pilares fundamentales del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, que es promover y asegurar la igualdad de derechos y obligaciones entre mujeres y hombres.

Pero, antes me gustaría aclarar que la transversalización de género es una estrategia que toma en cuenta las necesidades, realidades e intereses de las personas de ambos sexos en el diseño, la implementación y evaluación de una ley, política pública o programa, buscando que ambos se beneficien de modo similar. El propósito último de la transversalización es garantizar la igualdad de resultados en todas las etapas de una intervención pública. Este enfoque requiere de una metodología de trabajo denominada análisis de impacto de género (AIG), en este sentido ¿Que implica adoptar la estrategia de transversalización de género en la labor legislativa?, en primer orden significa que se empleará este enfoque para la preparación, el análisis y la discusión del conjunto de las iniciativas legislativas, que a su vez se pondrá atención en la posible existencia de prácticas de discriminación y brechas de género en diferentes ámbitos sociales e institucionales, y que la transversalización de género no estará confinada a una comisión específica, sino que formará parte del trabajo de las comisiones a cargo de debatir la asignación de recursos económicos y financieros, así como las referidas a temas de seguridad, defensa, medio ambiente, justicia, trabajo y previsión social, entre otras. 

En este contexto podemos mencionar, que los actuales avances legislativos corresponden a:

1.      La Ley N°21.129, modifica diversos cuerpos legales, a fin de establecer Fuero Maternal a las funcionarias de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, en las condiciones que indica.  Cuyo objetivo es reforzar el derecho que tienen las funcionarias de Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, para que les sea aplicable el fuero maternal, no obstante haber incurrido por motivos de salud en una causal legal de retiro.

2.      Ley N°21.153, modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos. Esta normativa buscó modificar el Código Penal, ampliando el delito de abuso sexual contra mayores de 14 años, creando el delito de acoso sexual en lugares públicos o de acceso público como una falta, la captación y difusión de registros audiovisuales con significación sexual, obtenidos sin el consentimiento de la víctima en un lugar público o de libre acceso al público.

3.      Ley N°21.155, establece medidas de protección a la lactancia materna y sus ejercicios. Su objetivo es consagrar el valor fundamental de la maternidad para la sociedad, reconociéndola como un derecho de la niñez y de las madres, promover, proteger y apoyar el amamantamiento en todos los espacios de la sociedad y resguardar el libre ejercicio de este derecho, sancionando a quien limiten o restrinjan este derecho, y modifica diversos cuerpos legales, entre ellos el Código Sanitario, estableciendo una regulación para la incorporación de bancos de leche materna. 

4.      Ley N°21.212 o Ley Gabriela, que amplía el marco legal del femicidio. Cuyo objetivo, es Modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley N°18.216 en materia de tipificación del femicidio, a su vez sanciona la violencia de género contra mujeres mediante la ampliación de femicidio a los casos de femicidio íntimo (incorpora a parejas sin convivencia y con quien se tenga o se haya tenido un hijo en común) y el femicidio por razón de género, aumentando de las penas. 

En la medida que se aplique un enfoque de género en la labor legislativa, estaremos disminuyendo las barreras de género, entendiendo que esto es un Impedimento administrativo, legal, social o cultural, que obstaculiza el acceso, uso, control y beneficio a hombres y mujeres a determinados bienes y servicios. El desarrollo de una agenda de igualdad de género y la adopción de una estrategia de transversalización de género en el Poder Legislativo van acompañadas de un proceso de fortalecimiento institucional y modernización de dicho cuerpo. Por lo tanto, darse una estructura que permita gestionar un proceso de modernización o transformación del Estado en forma continua, pasa a ser un elemento basal en este esfuerzo. Y no menos importante, estos tiempos de emergencia sanitaria, en donde vemos que la mujer cumple con el doble o hasta triple de responsabilidades simultáneamente desde sus hogares, es por eso, que en este contexto es donde se torna fundamental la generación de políticas públicas con enfoque de género. 

 

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