Ampliación de Plazo Garantía Legal

Erick Orellana Jorquera, Director Regional Sernac Arica Y Parinacota

Opinión 27/04/2022 Editor
Fotografía Director Regional 2022

El 24 de marzo pasado entró en vigencia la reforma a la Ley del Consumidor que amplía el plazo de garantía legal de los productos, pasando de tres a seis meses en que las personas podrán exigir el cambio del producto que salió defectuoso, la devolución del dinero pagado o su reparación.

Esta reforma se enmarca en las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.398, y que reforzó la Ley del Consumidor, estableciendo una serie de modificaciones en beneficio de los consumidores en distintos ámbitos.

Esto quiere decir que las personas que compren un producto nuevo que sale defectuoso, pueden exigir durante los seis primeros meses el cambio, la reparación o la devolución del dinero. El consumidor es quien elige la opción, no la empresa. 

El derecho a garantía aplica a productos tecnológicos, prendas de vestir y menaje, celulares, computadores, zapatos, entre otros.

En algunos productos como los electrodomésticos, eventualmente, la empresa podría proponer al consumidor la realización de un diagnóstico técnico del producto para conocer las razones del problema.

Una vez revisado el producto, el consumidor puede elegir cualquiera de las tres opciones de garantía, esto es, el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, si es que el defecto no fue de su responsabilidad.

Además, la ley establece que las empresas no pueden ofrecer a las personas la contratación de servicios cuya cobertura corresponda a las obligaciones propias de la garantía legal. 

Recordemos que los problemas para ejercer el derecho a garantía es uno de los más reclamados ante el SERNAC. Durante el año pasado recibimos a nivel nacional más de 37 mil reclamos y en lo que va de este 2022 ya van 11 mil casos.

Los problemas más habituales se refieren a la negativa por parte de las empresas a devolver el dinero, seguido por no realizar el cambio del producto, y no cumplir con los términos de la garantía voluntaria.

Como SERNAC estaremos monitoreando el cumplimiento por parte de las empresas, y en caso de detectar infracciones, tomaremos las acciones que correspondan.

La Ley establece que, en caso de no cumplir con el derecho a garantía, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, esto es, más de 16 millones y medio, por cada infracción.

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